03/09/2008, 10:32 | #1 |
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Aceras si?, aceras no?
Vamos a ver si conseguimos aclarar el tema sobre el aparcamiento en las aceras. Se puede aparcar sobre las aceras?
En caso afirmativo.... en qué circunstancias se puede? Aceras de más de 3 metros? Cerca de la pared? Cerca de la calzada? etc.. Viene el caso a que mi cuñado se acaba de sacar el A y me comenta que no se puede aparcar en ningún caso sobre la acera y yo me pregunto... Si es cierto eso, con sólo darse un paseito los monillos por una quinta parte de la ciudad se forran a multas y sin embargo no es así Sacadme de esta duda existencial |
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03/09/2008, 11:05 | #4 |
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En Madrid "La Ordenanza de Circulación permite dejar vehículos de dos ruedas en las aceras siempre que no limiten el paso de los viandantes"
De hecho, parece que el Ayuntamiento está defendiendo esta norma ante el TSJM que dictó una sentencia en contra en una demanda de una asociación de viandantes o algo así. http://www.munimadrid.es/portal/site/munimadrid/menuitem.650ba10afbb0b0aa7d245f019fc08a0c/?vgnextoid=73af2923f804c010VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=6091317d3d 2a7010VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD Además, en la web de Ayuntamiento hay una guía del uso de la moto en Madrid que resalta las ventajas de este medio de transporte. http://www.munimadrid.es/portal/site/munimadrid/menuitem.69f5b7528325ebcc48f549f59fc08a0c/?vgnextoid=5329ff20c703b110VgnVCM1000000b205a0aRCRD&vgnextchannel=9656242a5d 5ee010VgnVCM2000000c205a0aRCRD |
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03/09/2008, 11:18 | #5 |
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En Barcelona hay aceras con la señal de prohibido aparcar motos en acera
Entiendo que si estuviera prohibido en todas las aceras no seria preciso la señal Lo lógico es que se permita siempre que no entorpezca el paso de los peatones. En los chaflanes hay areas destinadas al parking de motos pero son pocas y estrechas...y os recuerdo que el área urbana de Barcelona, se sitúa por detrás de Roma (Italia) como ciudades con más motocicletas de Europa, concentrando un parque de unas 160.000 motos (no son pocas) Supongo que depende el policia si interpreta que molesta o no pero por lo que veo hay cierta permisividad, al menos desde los 18 meses que llevo moto |
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03/09/2008, 11:29 | #6 |
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En Barcelona y Madrid la norma general es que está permitido si no hay una prohibición expresa. Barcelona parece que intentaron prohibirlo hace unos años (en 2001) pero después se lo pensaron.
En Valencia no hay normativa municipal y la policía se atiene a la Ley de Circulación = te empapelan. http://www.lasprovincias.es/valencia/20080424/valencia/madrid-barcelona-permiten-aparcar-20080424.html |
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03/09/2008, 11:52 | #7 |
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Gracias por vuestros aportes
Acabo de entrar en la normativa del Ayuntamiento de Terrassa y en esta localidad SI se puede aparcar en aceras de 3 a 6 metros de ancho. Estacionando a 50cm de la calzada y en paralelo a ella en las de 3m y en semibatería en las de 6m. (lo jodido son las de 4,5m ) Saludossssssssssssssssss |
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03/09/2008, 12:13 | #9 |
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Pues creo que desde hace unos 2/3 años lo que más significativamente a cambiado en la normativa(aquí en Barcelona)es que teóricamente solo se debe aparcar en aceras que puedas dejar al menos 3 metros de espacio libre para peatones... Y digo teóricamente porque no tengo constancia de que la Guardia Urbana y/o Aux. GU(parkimetros) estén denunciando masivamente a las motocicletas que incumplen esta norma y que hoy por hoy son la mayoría, ya que, en relación al total, son pocas las aceras que disponen del ancho suficiente para cumplir la ordenanza a rajatabla.
Me imagino es que han querido regular un vacio legal que existía al respecto, más que nada para evitar abusos. En el trabajo somos unos cuantos que siempre estacionamos la moto en una acera (muy concurrida)en la que dejamos escasamente unos 2 metros hasta la pared del edificio, y hasta ahora ningún problema, suficiente espacio para que a nadie le moleste... se supone que, como en todo, a de imperar el sentido común, y no jugarsela estacionando la moto en una acera de 1 m de ancho. http://www.lasprovincias.es/valencia/20080424/valencia/madrid-barcelona-permiten-aparcar-20080424.html |
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04/09/2008, 13:16 | #10 |
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Voy a dar un poco mas de luz al asunto, leyendo lo que escribiis he comenzado a buscar y esto es lo que dice la ordenanza en materia de estacionamientos de vehiculos de dos ruedas, bicicletas, ciclomotores y motocicletas, de mi ciudad san fernando (cadiz):
1. Los vehiculos de dos ruedas, ya sean motocicletas, ciclomotores o bicicletas, estacionaran en la calzada junto a la acera en forma de semibateria a ala misma y ocupando una anchura maxima de 1,5 metros, de forma que no impida el acceso a otros vehiculos o el paso de la acera a la calzada. 2. Igualmente podran estacionar en las aceras cuando en la calzada no exista lugar reservado para esta clase de vehiculos a menos de 50 metros o su estacionamiento en la misma resulte dificultoso, siempre que se cumpla las prescripciones siguientes: a- Se estacionara cerca del bordillo, pero no a menos de 50 cm. del mismo. b- Se dejara al menos 2.50 m. libres para el paso de peatones entre el vehiculo y la fachada, jardin, valla u otro elemento que delimite la acera. c- Se dejaran libres los pasos para peatones y no se estacionara a menos de dos metros de los mismos, excepto si existe señalozacion en contrario. d- Queda expresamente prohibido el estacionamiento de estos vehiculos junto a las fachadas. 3. Los vehiculos a que se refiere este articulo se abstendran de estacionar en las aceras cuando la señalizacion existente lo prohiba, tanto horizontal como vertical, y, en todo caso, quedara suijeto a lo establecido en el articulo 25.6 de esta ordenanza. (pecha de copia estaba en pdf) perdon por el tochazo. |
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04/09/2008, 20:14 | #12 | |
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08/09/2008, 20:30 | #14 |
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Una cosa importante es que hay que tener cuidado con aparcar en las cercanías de edificios oficiales.
Hace poco pillé a la grúa llevándose un par de burras de una acera enorme (al menos 5 metros de ancho). Luego descubrí la razón: tenía al lado el edificio del Cuartel General del Ejército (Madrid). |
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08/09/2008, 22:04 | #15 | ||
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08/09/2008, 22:09 | #16 | |||
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