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12/01/2007, 12:17 | #1 |
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Carril BUS-TAXI, etc... carné BTP
Ahi suelto un tema off-topic. La cosa esta en que hoy me he examinado del permiso BTP por libre y me han hecho unas preguntas con las que me he quedado mosca. Son dos:
1.- ¿Puede un taxi circular por el carril reservado BUS? a)si b)no En mi libro en la utilizacion de carriles dice: "Carril reservado para autobuses. Indica la prohibicion a los conductores de los vehiculos que no sean de transporte colectivo de circular por el carril indicado. La mencion "taxi" autoriza tambien a los taxis la utilizacion de este carril." Y digo yo... Teniendo en cuenta que dice que la mencion "taxi" les autoriza circular por ese carril, si no pone "taxi", ¿no pueden?, ¿o si? Son un transporte publico... 2.- Si usted conduce un turismo ejerciendo de transporte escolar (si, los coches tambien pueden ejercer de ello) circula por una carretera convencional con un carril para cada sentido y menos de 1,50m de arcen pavimentado, ¿a que velocidad maxima podra circular? a)80 b)70 c)60 No se si os acordareis del cuadrito aquel de velocidades... la verdad es que yo lo tenia medio olvidao ya porque voy por instinto y veo si voy rapido o no. En carreteras convencionales (turismo): ¬ Arcen pavimentado con mas de 1,50m o mas de ancho. ¬ Con mas de un carril para alguno de los sentidos de circulacion. 100km/h max - 50km/h min. Peeeero, pone: "Las velocidades maximas genericas para el transporte escolar se reduciran en 10 km/h segun via y vehiculo.". Es decir, ese turismo ya, de por si, por ser transporte escolar, no puede ir a 100, sino a 90. Mi duda es si tambien hay que reducir 10km/h por tener solo un carril para cada sentido y otros 10km/h por tener menos de 1,50m de arcen, o con infringir una de las opciones se reduce solo 10km/h, o si cumple solo con una le basta para no reducir los 10km/h... Que lio... Mis respuestas: 1.- Si (supongo...) 2.- 70 km/h (me da que tengo mal... que es 80km/h) Ale, ahi os dejo el lio A ver si alguien tiene contactos de autoescuela y tal. Salu2! |
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12/01/2007, 12:35 | #2 | |
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Cita:
La velocidad del coche debe ser de 80, 90 por ser el límite de la vía menos los 10 por transporte escolar. Amos al menos eso entiendo yo........ |
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12/01/2007, 13:07 | #3 |
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Como se te ocurre hacer estas preguntas a estas horas, sin almorzar... dios santo.
Otra pregunta. Ya que en madrid por lo visto las motos pueden circular por el carril bus según han comentado varias veces, ¿pueden circular por cualquier capital española las motos por el carril bus? |
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12/01/2007, 14:15 | #6 |
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Jajaja almuerza potente paharo!
Aqui en Donosti si. Es la unica ciudad española donde se puede... Lo de la venevolencia... no se yo, pero en este pais se usa el dicho de "abuso de autoridad" con una facilidad... cierto es que los hay que les pone poner multas, otros meterse en varullos... pero el que tiene dos dedos de frente no se mete en esos lios pq no vas a cobrar mas. Todo depende tambien mucho de la contestacion que le des al agente, confrma tu error y no digas "no, es que... tengo que ir a casa de mi suegra que me han llamado que esta muy mal y tengo que sustituirle a mi mujer para que ella se vaya al curro...". Lo mejor es decir "pues si, perdona, me he distraido un momento y he infringido", o cualquier otra cosa que se adapte a la situacion, pero asumirlo y sera mejor. Que es un inutil? Bueno, en todas las empresas hay prepotentes que actuan con el rol de jefe siendo como tu, de tu mismo rango, vaya. |
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12/01/2007, 15:52 | #7 | |
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Cita:
ufff, hay que andar con mil ojos. Sobre todo en los ayuntamientos, ya que en muchos casos al final son sus famosas ordenanzas municipales las que realmente mandan.... ordenanzas que por lo general nadie leemos. Por ejemplo en principo, por ley, esta prohibido estacionar la motocicleta encima de la acera. Sin embargo en valencia capital como en muchos otros sitios, si la acera reune una serie de condiciones (anchura > 6 mts, no dificultar paso peatones, etc, etc) que por cierto, muy pocas veces se cumplen o las cumplimos si se puede estacionar. Pero por ejemplo en mi pueblecito la cara de gili que se me quedo al verme la multita de 90 lereles por estacionar en una acera que se puede jugar un partido de futbol....no tiene precio. Eso si me toco ir a "dialogar" con el sr agente y haciendo un par de trucos de magia pues la cosa "desaparecio", pero es pa flipar..... O nos empollamos leyes,ordenandas,reglamentacion mejor que un notario o estamos vendidos...... |
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12/01/2007, 16:03 | #8 | ||
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Cita:
Aun y todo, cada municipio tiene sus ordenanzas municipales que os recomiendo que paseis por vuestro ayuntamiento y las pidais. Os las tienen que dar, nada de "mira en la web del ayuntamiento..." (a no ser que las querais ver desde ahi). Y cada municipio tiene su alcalde que, en mayor en menos medida, son corruptos, y miden su bolsillo y no las preocupaciones que urgen en españa, pero eso es otra cosa y no vamos a tratar de ello por aqui... Respeto a las normas |
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12/01/2007, 16:44 | #10 |
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Pues ya me explicarás guillermo como en la puerta del centro comercial aqua estaban multando a motos como les daba la gana con el pedazo de acera que hay, en los laterales que es más estrecha no, enfrente en el corte inglés tampoco y yo dejé la moto de cualquier manera y tampoco me dijeron ni mu... creo que estaba acabando el talonario antes de irse a comer y de alguna manera tenía que hacerlo si ya no quedaban coches mal aparcados
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12/01/2007, 17:11 | #11 |
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HAY tantas anciones que se podian hacer ,lo que hay que tener es civismo y tener en mente ,el lema lo que no quisiiera que te hagan a ti ,no lo hagas a los demas ,mirad y direis el lolo este es un cabron ,cuando yo voy por jerez andando el que haya estado (yo vivo en el centro y claro recorro mucho estas calles) lo sabra las aceras de las calle las centricas claro esta ,son mini aceras osea 30/40cm de ancha pues lo que no tolero es que los coches aparcados se suban en la acera y yo tenga que ir por las calle osea exponiendome que me atropeye un coche bien ,pues yo cojo mi movil al 092 y les digo que no puedo pasr por la acera prqueesta lleno de coche ,lo 1 que me pregunta que calle es (fijense que tendra que importar esto) total que viene y se ponen a multar y a llevarselo la grua , (os aseguro que ese hp no aparca mas)a mi no me preguntan nada ni quien soy y claro tampoco tengo que presentarme ni dar mi dni ,muchos diran que cabron hp es el lolo ,no hp es el que pone lo coche asi , que van a su bola sin importarles los demas ,lo que hay es andar mas y si no puedes ir en coche te jodes ,pero no me jodas a mi y a los demas cabron...uff
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12/01/2007, 19:39 | #13 | |||
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Cita:
.... 2. Queda prohibido estacionar en los siguientes casos: ... ... e) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones. .. Respecto a la "nueva" ordenanza de circulacion de valencia del 30.1.2006 (BOE), no especifica nada al respecto del estacionamiento de motocicletas. Por lo cual esta prohibido estacionarlas en las aceras, asi que nos la pueden clavar si quieren. Pero aun mas. Parece ser que la nueva ordenanza contemplara multita de hasta 1500 euros si encima es una acera estrecha..... como mola. Para variar, en esta españa plura, de igualdades y tal, en unos sitios si, en otros no, vamos, como siempre a ponerlo falcil al ciudadano...... |
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12/01/2007, 20:11 | #15 |
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algo tenia yo entendido que entre árboles y mobiliario urbano en Valencia capital se podia aparcar, pero calro vete a saber, las ordenanzas del ayuntamiento de Valencia son mejores que una tira de Joebar y sino me remito a las pruebas:
El ayuntamiento multa con 1.500 euros la venta de pipas sin permiso y con 300 la posesión de droga La ordenanza municipal considera grave la falta de autorización sin distinción de mercancía http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pNumEjemplar=3391&pIdSeccion=16&pIdNoticia=260482 |
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12/01/2007, 23:50 | #17 |
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Vaya ordenanza... La venta de pipas se considera como venta ambulante, te sancionan por no tener licencia de venta (90€ en Donosti) y decomiso. 1500€ por un tio que va con una bolsa, pues... lo dudo. No seamos animales por dios! La cifra maxima sera de 1500€ en todo caso, todo dependera de la cantidad en venta y eso lo deciden los de administracion, los de arriba.
300€ por tenencia de estupefacientes? pues si, podria. Aqui la posesion de drogas se salda con 500€, y si se halla una navajita adjunto se considera herramienta para su corte, por tanto otro acta de intervencion y otros 500€. A mi me parece muy bien, vamos. Luego, depende de la cantidad se considera falta administrativa o delito... 50g de hachis, 200g marihuana, 8g speed o coca... eso es delito. Repito, en San Sebastian. Luego decir que he echao un ojo a la OM de Bcn y hay que seguirle los pasos, esta mejor organizada... |
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