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09/03/2010, 11:39 | #1 |
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Examinarme del A2 con moto automática
No estoy nada acostumbrado a llevar moto de marchas y sé que nunca voy a llevar una, así que había pensado sacarme el carnet A2 sólo de motos automáticas porque para mi sería mucho más fácil aprobarlo. ¿Las autoescuelas suelen disponer de una automática para hacer prácticas o por huevos tendré que acostumbrarme a las marchas? ¿alguno de vosotros ha hecho eso, algún consejo? Gracias
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09/03/2010, 12:09 | #3 |
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yo se que existe con el B que puedes coger un coche automatico pero solo estas autorizado a conducir coches automaticos.
Tampoco es para tanto, hay mucha gente que se ha sacado el A de toda la vida y le tira mas el rollo automatico, total como mucho son 3 meses. Todo es cuestion de ir a trafico y preguntar |
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09/03/2010, 12:17 | #4 |
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Eso de A para automaticos, no existe. Los permisos son AM, A1, A2 y A. Y estas autorizan a llevar las potencias, pero nada mas.
El que el examen se debe de hacer con una moto de marchas viene recogido en el reglamento general de conductores, y es explicito almenos para lasde 125 hacia arriba. Lo siento, de todos modos, no es tan complicado. Practica y ánimo. EDITO: AM ciclomotores (49 cc) A1 Motocicletas hasta 11kw relacion potencia peso:0'1kw/Kg A2 motocicletas hasta 35Kw " " " :0'2kw/kg A motocicletas de todas las cilindradas y kw, aunque no autoriza a conducir triciclos de motor de mas de 15 kw hasta tener los 21 años. |
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09/03/2010, 12:24 | #5 | |
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Cita:
Yo hoy empiezo las pistas para el a2 y tampoco llevo a menudo una moto de marchas pero segun dicen es facilito. |
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09/03/2010, 12:52 | #6 |
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Respecto a este post tengo una duda, yo mesaqué el A antes de entrar en vigor la nueva normativa y tengo una X MAX 250, podría llevar motos autorizadas por el A2 o tengo que esperar 2 años?? Es algo que no tiene lógica, tengo 28 años, 10 años con el B y 12 años con el A1.
Un saludo y gracias |
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09/03/2010, 12:54 | #7 | |
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09/03/2010, 12:58 | #8 | ||
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09/03/2010, 13:04 | #9 | |||
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De todos modos tiene que haber una relacion potencia/peso adecuada que esta establecida por ley. Por lo tanto uno que se saque el A2 una R6 no la puede conducir hasta pasados 2 años y haberse sacado otra vez el A. Hay un hilo abierto sobre este tema del A2 que esta todo bastante detallado. |
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09/03/2010, 13:37 | #10 |
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yo estube apntado a laautoescuela antes del cambio y suspendi el paractico en el circuito tres vees y lo deje por falta de pasta. pero si kieres sacarte la mayor parte con moto automatica, sacate primero el A1 aunque no lo necesites o lo tengas convalidado con el B y despues sacate el A2. asi haras el circuito con moto automatica y el de circulacion con moto de marchas.
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09/03/2010, 13:45 | #11 | ||
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Lo he preguntado porque, si no lo entendí mal, en tráfico me dijeron que podías presentarte al examen con una moto automática, pero evidentemente luego sólo estarías autorizado a conducir motos automáticas (lo mismo pasa con el carnet de coche). Después de haber llamado esta mañana a varias autoescuelas en Valencia, hay una que sí que dispone de moto automática para hacer prácticas y presentarse al examen, así que probablemente lo haré con esa. Gracias por vuestras respuestas. |
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09/03/2010, 15:03 | #12 | |||
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Yo no habia llevado nunca una moto y me saque el A sin ningun problema. |
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09/03/2010, 22:44 | #15 | |||
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Animate y sacate el A2. |
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10/03/2010, 10:49 | #17 | |
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Existen excepciones y carnés limitados, existe el carné A de los antiguos pero limitado a una moto concreta. El claro ejemplo lo tenemos en el compañero illo, que hizo el examen con su x9 500 y sólo puede llevar esa. Este compañero lo pudo hacer por temas de minusvalía, así que no digamos tan pronto que no hay excepciones. La verdad es que me parece una idea cojonuda, si sólo piensas llevar scooter ¿porque tienes que saber de marchas?, es lo mismo que habéis dicho con coches automáticos. |
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10/03/2010, 14:43 | #18 | ||
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De todos modos si te garantizo, que si no es por minusvalia ni nada por el estilo, en su carnet de conducir va a aparecer A2, no A2 solo scooter. Eso no existe. Lo de la x9, pues no se como lo pondrá en su carnet de conducir, la verdad es que es extraño, pero no se... |
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10/03/2010, 15:25 | #19 | |||
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Cita:
Según entendí tanto en tráfico como en autoescuela, si me examino con una automática, en mi carnet A2 pondrá algo así como que no puedo llevar motos de marchas, por lo que sólo estaré autorizado a llevar motos automáticas. Estoy con Haagbard, yo también lo veo bastante lógico y no es tan raro como parece. Si no me equivoco, hoy en dia la mayoría de motos vendidas son automáticas, si yo prefiero una automática no tengo por qué empezar a aprenderme el tema de las marchas cuando luego no me va a servir para nada. |
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10/03/2010, 15:32 | #20 |
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Artículo 4. Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo.
1. Todas las clases de permiso de conducción de las que sea titular una persona deberán constar en un único documento con expresión de las categorías de vehículos cuya conducción autorizan. 2. El permiso de conducción será de las siguientes clases: a. El permiso de conducción de la clase AM autoriza para conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos. No obstante, hasta los dieciocho años cumplidos no autorizará a conducir los correspondientes vehículos cuando transporten pasajeros. b. El permiso de conducción de la clase A1 autoriza para conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW. La edad mínima para obtenerlo será de dieciséis años cumplidos. c. El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. d. El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos pero hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW. Sacado del nuevo Real decreto 818/09 de 8 de mayo Reglamento general de conductores. no dice nada mas. De todos modos no voy a ser pesado, y si no te importa cuando te lo saques, podias subir una foto solo por curiosidad. |
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