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03/12/2009, 01:13 | #1 |
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itv y susto con policia "ladrillo"
pues esta noche iba tan tranquilo por la m-50 lloviendo y con un atasco, bueno... mas bien trafico. y me meto por el arcen para ir adelantando a los coches ya que me estaba estresando de ir a 50 km. y de repente un coche de poli camuflado me da la sirena y me hace parar. me pide los papeles y mi permiso. cuando le doy los papeles me dice que no tiene la itv. le digo que no ha hecho 5 años aun la moto y me responde que lo habian bajado a 4 y por eso tiene que estar figurado en los papeles puesto que la moto tiene 4 años y pico.
pues bien ya cuando me iban a multar se mete el policia en el coche, conecta con la centralita y me dice que la moto tiene la itv hasta 2010 vaya¡¡¡ le digo al policia . que suerte¡¡. suponiendo que el chico la habia pasado antes de venderla. pero no entiendo porque no viene en los papeles, y sobre todo y esto va por los que tienen la moto del 2005 y todavia no han pasado la itv deciros que la paseis, que lo han bajado a un año y os podrian multar. otra cosa. ¿si voy a la itv me sellarian como si la hubiera pasado? es que al cambio de papeles me los han dado nuevecitos. saludos y lo siento por el ladrillo. |
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03/12/2009, 01:28 | #2 |
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Entonces (obviando lo de la ITV), te montan el numerito del coche camuflado y las luces, te paran por ir por el arcen y luego ¿ni te multan, ni te dicen nada sobre lo de circular por el arcen?.
¿Solo se han preocupado de que hubieras pasado la itv?. Lo de la ITV a mi me suena que de siempre son 4 + 2 + 2 + 2 y luego cada año en los coches y en las motos 4 y luego cada 2.En un principio era cada 5 y lo rebajaron a 4 pero no se decirte en que fecha.Es posible que tu moto sea de antes de cambiar la ley. Un saludo. |
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03/12/2009, 01:45 | #4 | |
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03/12/2009, 01:56 | #5 |
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Esto lo he encontrado en un foro de motos. www.foromotos.com
La anterior Legislacion disponia para las Motocicletas la primera revision ITV a los 5 años... AHORA, Por un Real Decreto de 2006 Hay que pasarla a los 4 bajo pena, como siempre de sancion de 150€ y retirada del permiso de circulacion. Por pronto pago tiene reduccion del 30%,osea 105€ mas una mañana para pasar la ITV y otra para recuperar el permiso de circulacion.No envian notificacion al respecto pues es, segun Pere Navarro nuestra obligacion estar al tanto de lo que se publica en el BOE...El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento y ya se encarga la DGT, DE INFORMARTE y a la vez calzarte esos 105 Euritos. Esta informacion la he sacado de www.debates.motos.coches.net La ITV para motocicletas deberá pasarse por primera vez a los cuatro años de su matriculación La nueva normativa también obligará a pasar la inspección a ciclomotores y cuadriciclos | 22 de febrero de 2006 El plazo en el que las motocicletas deberán pasar su primera Inspección Técnica de Vehículos (ITV) se rebajará de cinco a cuatro años, según informó el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. El próximo mes de junio, según pretende el Gobierno, podría aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) esta modificación, que irá acompañada de otra que obligará a otros vehículos como ciclomotores o cuadriciclos a pasar la ITV. Así, los ciclomotores de dos ruedas, que no están obligados actualmente a pasar la ITV, deberán acudir a la primera inspección a los tres años de su matriculación, mientras que las siguientes se efectuarán con una frecuencia de dos años, según establece la nueva normativa. Los responsables de Industria han optado por una solución intermedia para fijar el plazo en que los ciclomotores tendrán que pasar su primera inspección, estableciéndolo en tres años frente a los cuatro años que demandaban los fabricantes y los dos años que pedían las empresas encargadas de estas inspecciones. El proyecto de real decreto incluye además una nueva agrupación en la que, además de las motocicletas, figuran los vehículos de tres ruedas, los cuadriciclos, los ciclomotores de tres ruedas y los cuadriciclos ligeros. En estos vehículos, la primera inspección se llevará a cabo a los cuatro años de matriculación y las siguientes se efectuarán con una periodicidad bienal. |
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03/12/2009, 10:26 | #8 | |
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Para añadir algo mas actual, ayer mismo: fui a pasarle la itv al coche de mi mujer, pq la semana pasada la pararon los mossos, y le dijeron que la tenía caducada! Este año es el primero que la pasa de año en año (ya cumplió 10 añitos el pequeñin ), y tampooooco nos han avisado de que tocaba.... En fin! Que lo de la carta debe ser si vives cerca de la ITV pq las llevaran a mano, o algo así... |
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03/12/2009, 15:47 | #10 | ||
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Tampoco lo hacen todas. Un saludo. |
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04/12/2009, 12:35 | #15 |
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A mi del coche (a la moto aún no le hace falta) si que me mandan el aviso.
Pero no lo envía la DGT, lo hace la empresa privada en la que paso las ITV, a ellos les conviene que la pases cuanto antes mejor. Si en vez de cada 12 meses la pasa cada 14 estan pierden sobre el 15% de facturación (100*(1-12/14)). |
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04/12/2009, 18:25 | #18 |
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Golfo1234, te contesto:
En el Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos indice en su artículo 6 sobre la frecuencia de todos los vehículos. Supongo que lo que más nos interesa, por la general pues son vehículos más habituales, son los apartados A, B y C que son para motos, ciclomotores y coches, respectivamente, o más bien entendible para vehículos asociados con los permisos A1, A y la licencia de ciclomotores de 2 ruedas... cito: "Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Antigüedad: Hasta cuatro años: exento. De más de cuatro años: bienal. Ciclomotores de dos ruedas. Antigüedad: Hasta tres años: exento. De más de tres años: bienal. Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidos los que figuran en los epígrafes a y b, con capacidad hasta nueve plazas, incluido el conductor, autocaravanas y vehículos vivienda. Antigüedad: Hasta cuatro años: exento. De más de cuatro años: bienal. De más de diez años: anual.". Ya de paso queda contestado así para que se sepa... Bueno, y deciros que el 8 de diciembre entra en vigor el nuevo Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores que, a pesar de ser aprobado el 8 de mayo dice en su Disposición final sexta: "Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid, el 8 de mayo de 2009" 8 de mayo de 2009 + 6 meses = 8 de diciembre de 2009 Echadle un vistazo si queréis pues cambian cosillas... nuevo carné, nuevos persmisos (AM, A2), se requerirá un título profesional tipo FP por un curso de 280h para novatos y de 35h para veteranos para los conductores profesionales de mercancías y personas además de los permisos C,C1, D o D1 llamado CAP, se permitirá conducir un turismo (B) sin remolque pasando los 3500kg hasta los 4250kg superando un curso, etc... El enlace es este: http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/normas_legislacion/reglamento_trafico/reglamento_trafico144.pdf ...y para semana santa del 2010 entra en vigor la nueva Ley de Tráfico. Las cosas se endurecen por lo general y habrá que estar más al loro como por ejemplo con no identificar al conductor el titular de un vehículo en una foto de radar creo que rondará los 1500€, inhibidores de radar 6000 y 6 puntos, talleres que lo instales 20000€... infracciones leves, graves y muy graves a 100, 200 y 500€ a 50% de descuento por pronto pago (se acabó que un municipio hagan el 70% de descuento y pongan las sanciones en un baremo que aún existe) y un largo etc que no se resume a multas pero como sé que jode que toquen el bolsillo se avisa de lo que han aprobado los políticos en el Congreso. En fin, espero haber contestado y no queden dudas! (y si las hay, preguntad que contestaré cuando pueda ) Un abrazo |
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