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27/02/2007, 00:21 | #1 |
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ventajas de tiendas "officiales"
Hola,
No estoy seguro donde comprar la machina. Sabeis si hay algunas ventajas de comprar a tiendas listada en http://www.yamaha-motor.es/dealerlocator/search.jsp ? Yo vivo cerca de Algeciras, teneis experiencas con el Concesionario Yamaha MOTOS AGUMER ? Y como funcionen los conce multimarcas con Yamaha? Muchas preguntas uh? Lo siento por mi espanol malo... Un francute en Cadiz |
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05/03/2007, 21:35 | #3 |
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Yo la compré en un multimarca y ningún problema. Incluso me hacia mejor precio que en un concesionario oficial.
Tambien se la llevo a él para el cambio de aceite, etc.. Otra cosa es que por el tema de la garantia, luego la lleves a un concesionario oficial. Por la compra, ningún problema. Ten en cuenta que los multimarcas las encargan a los concesionarios oficiales y la factura te vendrá del concesionario Yamaha. Un saludo. |
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20/08/2007, 01:04 | #7 |
Guest
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pero a ver, esto ya lo he leido en 2 sitios... no se si por el mismo usuario... 65€ de que? transporte, te la han llevado a casa? entonces si, si no, no.
montaje? de ke? el taller tiene la obligacion segun ley (no me pidais que hile fino y os diga cual) de entregar la moto, ciclomotor, coche, o bicicleta, en condiciones de uso total respecto a seguridad, funciones y equipamiento... asi que eso es un choriceo de los talleres andaluces pa irse de tapas... si tienen un acuerdo, que te den copia compulsada del certificado firmado ante notario, por la dependencia de gestion tributaria por suplencia, segun ley, articulo 17 ley 30/1992 sobre actividades economicas. y si no, al omic, o a la ocu alli en andalucia, denuncia, y reclamas 65€ + un 2.7% maximo de intereses por cada dia que pase hasta que te devuelvan la pasta desde que pagaste, si denuncias en el plazo de un mes, o desde que presentaste la denuncia, si ha pasado mas de un mes, hasta 3 meses. normalmente, juicio arbitrario ante la delegacion de consumo, devolucion del importe + regalo de cortesia, si hay que ir a juicio, 65€ + prejuicios, si el juicio sale al cabo de 4 años, por poner un ejemplo, y tu presentas la reclamacion a la quinta semana de haber pagado, echa numeros... es que manda huevos, na vas me ke vendan 10 motos al mes, 650€ pa irse de tapas, que hijos de p*** |
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30/09/2009, 02:25 | #9 |
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los concesionarios oficiales tienen muchos beneficios respecto a las tiendas multimarca, o al menos pueden tenerlos sobre todo para el cliente.
el primero es que el que da la garantia es el concesionario y por ejemplo en la provincia de cadiz los talleres ilegales abundan sin tu saber si es legal o no lo que significa que si esta gente te sella un libro de garantia automaticamente te anulan la garantia . otra ventaja es que las publicaciones tecnicas que emite yamaha unas llegan a los clientes y otras no, pero si a los concesionarios pidiendonos que hagamos algunas mediciones y cambios sin comunicarselo a los clientes y en las tiendas no te lo van a hacer. lo que pasa es que todas las ventajas del servicio oficial no suelen repercutir al cliente sobre todo por la falta de competencia entre concesionarios, asi que donde hay varios se suelen matar por coger los clientes y no suelen subir de precio las motos y el recambio, sin embargo donde hay un conce o estan de acuerdo en subir las tarifas entre todos, los precios de las revisiones son una locura como estoy leyendo en el foro |
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30/09/2009, 03:39 | #10 | |
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Cita:
la mía es de hermanos navarro, que según pone es conccesionario oficial en cádiz y málaga. está en algeciras frente al recinto ferial. cerca de la rotonda de la pandereta. lo bueno es que tiene taller también. moto agumer creo que está bien. lleva muchos años abierto, la verdad que no deben ser muy malos. ni idea. la verdad que la niña que hay en el mostrador está tremenda. lo sé por que entré a preguntar por los neumáticos no hace mucho. por cierto que no había, tendrían que pedirlas (por si te sirve de algo el detalle). ve a los dos y el que te de más confianza, o te traten mejor o lo que sea pues a ese se la compras. pregunta también el precio de las revisiones, o si se enrollan y te regalan algo (mínimo pitón y casco). por cierto tu español, al menos el escrito va de puta madre. mucho mejor que el de algunos que lo hablan casi desde que nacieron. un saludo. |
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10/10/2009, 01:34 | #13 |
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hombre yo las tengo mas baratas pero como no puedo hacer publicidad pos no lo digo, jejeje
yo soy muy amigo de la gente de motodeporte,fuengirola marbella y creo que tienen alguna mas ademas, si lo haces en este sitio te puedo ayudar si tubieras algun problema con ellos ya que los dueños son muy amigos. sino pos vente a mi tienda y hablamos.. jajajja |
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10/10/2009, 02:34 | #16 |
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Respecto a pasar las revisiones en taller oficial o no, mi hermana tiene un taller junto a su marido y no es obligatorio tener que llevar el vehiculo al taller oficial para que te mantengan la garantia. Lo que hay que cumplir es que haces esas revisiones (y las puedes justificar con factura y con el sello del taller en el libro de garantia).
Yo compre la moto en un taller multimarca (no el de mi hermana) y todas las revisiones me las hacen en ese taller, el libro de garantia me lo sellan en ese taller y me han cambiado piezas en garantia. Un saludo. |
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10/10/2009, 19:43 | #17 |
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lee el libro de garantia que te dan y veras. aqui en mi tierra te hacen la revision y te la sellan en un taller ilegal y te cambian piezas en garantia porque el concesionario que le vende a el las motos estan detras de esas piezas. yo como venga una moto de cualquier taller ilegal no la reparo ni muerto, lo diga yamaha o dios que vaje y nadie me puede obligar, sin embargo tu traes una moto de alemania con todas sus revisiones en concesionario oficial y tengo que repararla por cojones.
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11/10/2009, 23:37 | #18 |
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Revista de la asociación de consumidores OCU:
Y no empecemos a poner pegas, pone "coches", pero es aplicable a motos Podéis bajaros el reglamento en PDF en este link: http://www.serca.es/uploads/documentos/documentos_Reglamento_1400_2002_e05a21b7.pdf Reglamento 1400/2002 secciones 21-22-23 (21) Los vehículos de motor son bienes muebles costosos y técnicamente complejos que requieren reparación y mantenimiento a intervalos regulares e irregulares. Sin embargo, no es imprescindible que los distribuidores de vehículos de motor nuevos también realicen las reparaciones y el mantenimiento. Los intereses legítimos de los proveedores y usuarios finales pueden satisfacerse plenamente si el distribuidor subcontrata estos servicios — incluidas las prestaciones derivadas de la garantía, el servicio gratuito y la llamada a revisión de los vehículos— a uno o más talleres de reparación del sistema de distribución del proveedor. Es, sin embargo, preciso facilitar el acceso a los servicios de reparación y mantenimiento. A tal fin, un proveedor podrá exigir a los distribuidores que hayan subcontratado los servicios de reparación y mantenimiento a uno o más talleres de reparación autorizados a dar a los usuarios finales el nombre y dirección del taller o talleres de reparación en cuestión. Si ninguno de estos talleres autorizados está establecido en la vecindad de las instalaciones donde se efectúa la venta, el proveedor también podrá exigir que el distribuidor diga a los usuarios finales a qué distancia de las instalaciones en las que se efectúa la venta está el taller o talleres autorizados. No obstante, un proveedor sólo podrá imponer estas obligaciones si también impone obligaciones similares a los distribuidores cuyos talleres de reparación no estén situados en las mismas instalaciones en que se efectúa la venta. (22) Por otra parte, para prestar adecuadamente los servicios de reparación y mantenimiento, no es necesario que los talleres de reparación también vendan vehículos de motor nuevos. Por ello, la exención no cubrirá los acuerdos verticales en los que figuren obligaciones o incentivos directos o indirectos que establezcan un vínculo entre las actividades de venta y los demás servicios o que supediten la prestación de una de estas actividades a la prestación de otra; es el caso, en particular, cuando la remuneración de los distribuidores o talleres de reparación autorizados correspondiente a la compra o la venta de bienes o servicios necesarios para una actividad se supedita a la compra o la venta de bienes o servicios correspondientes a la otra actividad, o cuando se reúnen todos estos bienes o servicios sin distinción en un único sistema de remuneración o descuento. (23) Con el fin de garantizar una competencia efectiva en los mercados de reparación y mantenimiento y de permitir que los talleres de reparación ofrezcan a los usuarios finales recambios competidores, como los recambios originales y los recambios de calidad equivalente, la exención no cubrirá los acuerdos verticales que restrinjan la capacidad de los talleres de reparación autorizados pertenecientes al sistema de distribución de un fabricante de vehículos, de los distribuidores independientes de recambios, de los talleres de reparación independientes o de los usuarios finales de adquirir los recambios del fabricante de los mismos o de una tercera parte de su elección. Esto no afecta a la responsabilidad de los fabricantes de recambios con arreglo al derecho civil. Con esto podéis luchar por vuestros derechos, y dejad de pagar absurdamente a talleres oficiales, es más, podéis montar recambios que no son de la marca y no perder la garantía, lo he dicho mil y cuatro mil veces, pero hay muchos que no me creen... Que tendrá que ver, poner una pastillas (encima mejores que las originales) con la carburación del motor...lo que ocurre es que chorizos y mangantes hay en tos laos, no os dejéis engañar, eso os pido, luchad por vuestros derechos, que encima que tenemos pocos si nos los recortan ya... Las prácticas abusibas de muchos talleres oficiales y no oficiales, vulneraban varias leyes, civiles, de competencia, de facturación, de contrato, de garantías, y han tenido que sacar una específica para automoción de la cantidad de ladronicio del mercado. Informacion sacada de otro foro http://www.kawaner6s.es/forum/index.php?showtopic=17479 y comentado por Pipeman |
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12/10/2009, 00:24 | #19 |
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si a ti un taller te monta unas pastillas de freno no originales de la calidad ue te de la gana y la moto te da un problema achacable a esas pastillas automaticamente ese problema no esta cubierto por la garantia del vehiculo, si tu montas unas pastillas originales en un concesionario oficial y te da un problema achacable a esas pastillas la marca se hace responsable de esa garantia. esa es la diferencia principal
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